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Consumo

Las llamadas comerciales tendrán que identificarse con el prefijo 400 desde octubre

Una información de NoticiasTrabajo / HuffPost ha avanzado el cambio de numeración que afectará a las llamadas comerciales dirigidas a particulares y consumidores.

La base oficial es la Resolución de 14 de abril de 2026 de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones, publicada en el BOE el 16 de abril. La resolución atribuye el código 400 —los tres primeros dígitos de números nacionales de nueve cifras— a las llamadas comerciales y fija un plazo de seis meses desde el 17 de abril para que el sistema quede plenamente operativo.

Qué cambia desde el 17 de octubre

Las empresas incluidas en el ámbito de la Ley 10/2025 de servicios de atención a la clientela no podrán utilizar, con carácter general, otro rango de numeración para realizar llamadas comerciales, salvo las excepciones transitorias previstas en la propia ley. La finalidad es que la persona que recibe la llamada pueda identificar mejor que se trata de una comunicación comercial.

El rango 400 será exclusivamente saliente: no se habilita para recibir llamadas de vuelta. Tampoco podrá emplearse como número de atención al cliente ni para usos distintos de los previstos en la resolución. Los operadores tendrán que abrir el rango en sus redes y podrán ofrecer, previa solicitud, la desconexión de este servicio de llamadas comerciales.

Qué conviene tener presente

El prefijo ayuda a reconocer el origen comercial, pero no convierte por sí solo una llamada en segura ni resuelve cualquier conflicto sobre consentimiento, contratación o uso de datos. Si la conversación termina en una oferta o contrato, conviene pedir la identificación de la empresa, no facilitar claves o códigos de seguridad y conservar la documentación que se envíe después.

Este cambio de numeración concreta una obligación de identificación y no sustituye las reglas generales sobre llamadas no deseadas, consentimiento, contratación a distancia o reclamaciones. Si una llamada acaba en un alta, un cambio de compañía o un cargo discutido, las fechas, grabaciones permitidas, mensajes y documentos pueden ser relevantes.

Esta información es general y no constituye asesoramiento personalizado. La respuesta puede depender del tipo de empresa, del servicio ofrecido, del consentimiento existente y de la documentación de cada caso.

Fuente: BOE, Resolución de 14 de abril de 2026 sobre el rango 400

Esta información es general y orientativa. No constituye asesoramiento jurídico sobre un caso concreto. Para tu situación, conviene revisar documentos y fechas en una consulta.

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