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Seguridad Social

El complemento a mínimos puede revisarse cada año si cambian los ingresos

Una información publicada por NoticiasTrabajo/HuffPost ha detectado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia sobre el complemento a mínimos de una pensión de jubilación.

El caso afecta a una mujer que cobraba una pensión española desde 2019 con ese complemento y, además, una pensión de jubilación de Suiza. Tras revisar los ingresos de 2021, 2022 y 2023, la Seguridad Social entendió que la suma superaba el límite económico aplicable y reclamó 2.643,93 euros.

El complemento no queda fijado para siempre

La sentencia considera que el complemento a mínimos no es un derecho consolidado de forma inamovible. El cumplimiento de los requisitos debe comprobarse cada año y la cuantía puede verse afectada si cambian las rentas que percibe la persona pensionista.

También resulta relevante que, según la resolución, para calcular el límite deben tenerse en cuenta las prestaciones que recibe la persona, incluidas las reconocidas en otro país. En el caso analizado, la pensión suiza fue determinante para superar el umbral aplicable.

El tribunal dio la razón a la Seguridad Social y confirmó la obligación de devolver las cantidades que se consideraron indebidamente percibidas. La sentencia publicada por el Poder Judicial se refiere a ese expediente concreto: no significa que cualquier pensión extranjera produzca automáticamente una deuda ni que toda revisión termine igual.

Qué conviene revisar si llega una reclamación

Una persona pensionista que reciba una comunicación de reintegro debería ordenar, antes de decidir si paga o reclama:

  • La resolución de reconocimiento de la pensión y del complemento a mínimos.
  • Las rentas y prestaciones computadas en cada ejercicio.
  • Las cuantías y fechas de las pensiones extranjeras, si existen.
  • El periodo exacto de la revisión y el cálculo de la deuda.
  • La fecha de notificación y el plazo indicado para alegar o recurrir.

Esta cuestión no debe confundirse con los años de cotización necesarios para acceder a una pensión de jubilación. Aquí el debate es distinto: se trata de comprobar si se mantiene un complemento vinculado a los ingresos de cada año.

Esta nota ofrece información general basada en una resolución judicial concreta y en la información del radar que la identificó. Antes de pagar, recurrir o aceptar un reintegro deben revisarse la resolución recibida, los ingresos computados, las fechas y la normativa aplicable al ejercicio correspondiente.

Fuente: Poder Judicial, sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia

Esta información es general y orientativa. No constituye asesoramiento jurídico sobre un caso concreto. Para tu situación, conviene revisar documentos y fechas en una consulta.

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