Familia
Cortar la luz de la vivienda conyugal para forzar una salida puede ser coacciones

El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado una condena por coacciones en un asunto nacido en Vigo: durante un proceso de divorcio, el titular del contrato de electricidad canceló sin previo aviso el suministro de la vivienda familiar en la que permanecía su esposa tras la separación de hecho.
Según la nota oficial del Poder Judicial, la finalidad era forzarla a abandonar el domicilio y mejorar la posición del acusado en la negociación posterior a la ruptura. El caso había sido resuelto por un juzgado de lo Penal de Vigo y confirmado por la Audiencia Provincial de Pontevedra.
La titularidad del contrato no permite usar el suministro como presión
El Supremo considera que cancelar el contrato y dejar la vivienda sin electricidad durante varios días produjo un efecto equiparable al corte material del suministro. Para la mayoría del tribunal, fue un acto de fuerza dirigido a obligar a otra persona a hacer algo que no quería: desalojar la vivienda.
La resolución destaca varias circunstancias que deben leerse conjuntamente:
- La vivienda había sido el domicilio conyugal y su uso estaba en disputa dentro de una crisis matrimonial.
- El suministro se canceló sin aviso previo ni posibilidad de organizar una alternativa.
- La electricidad era necesaria para el uso normal de la vivienda.
- La finalidad apreciada no era simplemente dejar de asumir un gasto, sino presionar para conseguir la salida del domicilio.
Que el contrato estuviera formalmente a nombre del condenado no bastaba para legitimar esa actuación. Las diferencias sobre el uso de la vivienda, los pagos o la posesión deben encauzarse por acuerdo o mediante el procedimiento correspondiente, no por vías de hecho.
No todo impago o baja de un suministro es delito
La propia Sala introduce una cautela importante: su criterio no debe trasladarse de forma automática a cualquier corte de luz, agua, gas o telecomunicaciones.
El resultado puede ser distinto cuando cambian el título para ocupar la vivienda, la relación entre las personas, los avisos realizados, la razón del cese, quién venía pagando o la existencia de una finalidad de presión. El Supremo menciona expresamente que no es igual actuar frente a quien tiene un título legítimo o discutido para usar el inmueble que ante una ocupación sin título.
La sentencia incluye además un voto particular de cuatro magistrados, que discrepan de la interpretación mayoritaria sobre el concepto de violencia en el delito de coacciones. Esa discrepancia refuerza la necesidad de no resumir la decisión como una regla absoluta aplicable a cualquier conflicto por suministros.
Qué conviene hacer durante una ruptura
Cuando una separación afecta a la vivienda familiar, es prudente ordenar la situación antes de cambiar contratos, cancelar servicios o dejar de pagar:
- Revisar quién puede usar la vivienda y si existe acuerdo, medida judicial o procedimiento en curso.
- Conservar contratos, facturas, recibos y comunicaciones sobre los suministros.
- Dejar constancia escrita de cualquier propuesta para cambiar titularidad o reparto de pagos.
- Evitar decisiones unilaterales destinadas a dificultar la permanencia de la otra persona.
- Buscar orientación si existen menores, dependencia económica, riesgo personal o medidas de protección.
Esta nota es información general basada en una sentencia concreta del Tribunal Supremo. No determina por sí sola la solución de otros cortes de suministro: cada caso exige revisar la vivienda, el título de uso, las comunicaciones, los pagos, la finalidad de la conducta y las medidas familiares o judiciales existentes.
Fuente: Poder Judicial, Tribunal Supremo
Esta información es general y orientativa. No constituye asesoramiento jurídico sobre un caso concreto. Para tu situación, conviene revisar documentos y fechas en una consulta.
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