Herencias
Herencias: el Supremo cambia el criterio sobre el derecho de transmisión

El Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo ha dictado la sentencia 849/2026, de 3 de junio, sobre una cuestión técnica pero muy práctica en herencias: qué ocurre cuando una persona llamada a heredar fallece sin haber aceptado ni repudiado la herencia.
La sentencia revisa la doctrina anterior sobre el artículo 1006 del Código Civil. El Supremo explica que, mientras no haya una reforma legal que aclare la materia, debe volver a la interpretación clásica o de la doble transmisión.
Por qué importa en una partición
El problema no es teórico. En el caso analizado, primero falleció una persona. Después murió uno de sus hijos sin aceptar la herencia. Ese hijo estaba casado y no tenía descendientes. Al partir la primera herencia, surgió la duda de si la viuda del hijo fallecido debía intervenir por sus derechos legitimarios.
El Supremo concluye que los bienes que correspondían al heredero fallecido en la primera herencia se integran, a estos efectos, en su propia herencia. Por eso su valor debe computarse para calcular la legítima del cónyuge viudo y puede ser necesaria su intervención en la partición.
Cuando hay varios fallecimientos encadenados, no basta con mirar solo el testamento del primer causante.
Qué debería revisar una familia
Esta doctrina puede ser relevante cuando una herencia combina fallecimientos sucesivos, herederos que no aceptaron ni repudiaron, cónyuges viudos, legitimarios, renuncias o bienes inmuebles pendientes de inscripción.
Antes de firmar o corregir una partición conviene ordenar, al menos:
- Certificados de defunción y fechas exactas de cada fallecimiento.
- Testamentos o declaraciones de herederos de todas las personas afectadas.
- Si algún llamado a heredar aceptó, repudió o falleció sin hacerlo.
- Derechos del cónyuge viudo y de otros legitimarios.
- Escrituras de partición, renuncia o adjudicación ya firmadas.
- Notas o calificaciones del Registro de la Propiedad si hay inmuebles.
Cautela práctica
La sentencia no significa que todas las herencias con derecho de transmisión deban rehacerse automáticamente. Sí puede cambiar el análisis en particiones donde se había prescindido de una persona con posible interés legitimario, especialmente si después se intenta inscribir una finca o vender un inmueble heredado.
En familias de Vigo y Galicia, donde son frecuentes las herencias con vivienda, fincas, varios testamentos o adjudicaciones antiguas, la advertencia es clara: antes de firmar conviene revisar la cadena completa de llamamientos y derechos, no solo el reparto final que parece más sencillo.
Esta nota es información general basada en una sentencia del Tribunal Supremo localizada en CENDOJ. Cada sucesión debe analizarse con sus documentos, fechas, testamentos, legitimarios, renuncias y bienes concretos antes de decidir si aceptar, partir, rectificar o reclamar.
Fuente: CENDOJ, STS 849/2026
Esta información es general y orientativa. No constituye asesoramiento jurídico sobre un caso concreto. Para tu situación, conviene revisar documentos y fechas en una consulta.
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