Familia
Familias monoparentales: el Supremo confirma diez semanas adicionales de permiso por nacimiento

El Tribunal Supremo ha confirmado una doctrina relevante para familias monoparentales: al permiso por nacimiento y cuidado de menor de la madre biológica pueden añadirse diez semanas adicionales que habrían correspondido al otro progenitor, mientras el legislador no reforme expresamente la regulación.
La novedad, detectada en el radar de prensa laboral y contrastada en el buscador oficial CENDOJ del Poder Judicial, aplica la doctrina de la Sentencia del Tribunal Constitucional 140/2024. El criterio parte de que la regulación no puede provocar una diferencia injustificada entre menores nacidos en familias monoparentales y biparentales.
Por qué son diez semanas y no dieciséis
La referencia no equivale a duplicar automáticamente todo el permiso. El resumen oficial de CENDOJ explica que se adiciona el periodo previsto para el progenitor distinto de la madre biológica en diez semanas, porque las seis primeras semanas son obligatorias e inmediatamente posteriores al parto.
Por eso conviene evitar titulares simplificados. La clave práctica es revisar si la persona solicitante encaja en el supuesto de familia monoparental, qué permiso tenía reconocido, qué resolvió el Instituto Nacional de la Seguridad Social y en qué fechas se pidió o denegó la ampliación.
En prestaciones por nacimiento, el resultado no depende solo de la doctrina general: importan la resolución recibida, los plazos de impugnación, la documentación familiar y la situación laboral concreta.
Qué documentación conviene conservar
- Resolución del INSS o comunicación administrativa sobre el permiso.
- Libro de familia, certificación registral o documentación que acredite la filiación.
- Solicitud presentada y justificantes de registro.
- Comunicaciones con la empresa, si afectan a calendario de disfrute o reincorporación.
- Nóminas, certificados de empresa y vida laboral cuando haya incidencia económica.
Interés para familias en Galicia
En Vigo y Galicia, esta doctrina puede ser importante para madres o progenitores únicos que hayan recibido una denegación o que no sepan si pueden pedir la ampliación. Aun así, no todos los casos están en el mismo momento: hay que mirar si ya existe resolución firme, si el plazo para reclamar sigue abierto y si se trata de nacimiento, adopción, guarda o acogimiento con una regulación aplicable equivalente.
Esta nota es información general basada en resoluciones del Tribunal Supremo localizadas en CENDOJ y en la doctrina constitucional que citan. Antes de reclamar o dejar pasar un plazo, conviene revisar documentos, fechas y comunicaciones administrativas del caso concreto.
Fuente: Poder Judicial, CENDOJ
Esta información es general y orientativa. No constituye asesoramiento jurídico sobre un caso concreto. Para tu situación, conviene revisar documentos y fechas en una consulta.
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