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Bolsos y taquillas en el trabajo: el control empresarial tiene límites

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha declarado nulos el control visual diario de los bolsos de parte de una plantilla al terminar su jornada y el registro aleatorio y periódico de sus taquillas. La resolución, difundida por el Poder Judicial, ordena a la empresa cesar de inmediato en ambas prácticas.

La sentencia se refiere a unas medidas concretas aplicadas por una cadena comercial. No establece que cualquier comprobación empresarial sea siempre ilícita. Su interés está en recordar que las facultades de vigilancia y protección del patrimonio tienen límites: deben responder a una finalidad acreditada, ser necesarias y respetar la dignidad y la intimidad de las personas trabajadoras.

Qué prácticas analizó la Audiencia Nacional

Según la nota oficial, la empresa revisaba visualmente los bolsos de quienes trabajaban en el último turno. La comprobación se hacía a la salida, después de fichar, cuando cada persona abría el bolso ante un responsable o personal de seguridad. El resto de turnos salía por una puerta principal con arcos de seguridad.

Además, una vez al mes se abrían y revisaban visualmente taquillas seleccionadas de forma aleatoria. La empresa defendía que las medidas buscaban evitar pérdidas provocadas, entre otras causas, por hurtos internos.

Por qué las consideró desproporcionadas

La Audiencia Nacional recuerda que el Estatuto de los Trabajadores permite a la empresa adoptar medidas de vigilancia y control, pero exige que respeten la dignidad de la plantilla. También regula específicamente los registros sobre la persona trabajadora, sus taquillas y efectos particulares.

En el caso analizado, la Sala apreció varios problemas:

  • La empresa no acreditó de forma suficiente el volumen de pérdidas invocado.
  • Tampoco pudo concretar qué parte de esas pérdidas procedía de hurtos de trabajadores.
  • El número de extinciones disciplinarias por estas conductas era muy reducido respecto de la plantilla.
  • Existían alternativas menos invasivas para perseguir la misma finalidad, como utilizar arcos de seguridad también en la salida de empleados.
  • Los registros de taquillas se aplicaban de manera preventiva y regular, no como respuesta a una situación previa concretamente justificada.

Con esos elementos, el tribunal concluyó que las prácticas sacrificaban de forma injustificada la intimidad de las personas afectadas. En las taquillas, además, consideró que el sistema aplicado no respetaba los límites específicos previstos en el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores.

Qué conviene revisar ante un control en la empresa

La resolución no impide que una empresa investigue una pérdida concreta o adopte medidas legítimas de seguridad. La valoración puede cambiar según el sector, los hechos, la información facilitada a la plantilla y la forma exacta en que se realiza el control.

Ante una revisión de objetos personales o taquillas puede ser útil conservar:

  • La política interna y las instrucciones comunicadas por la empresa.
  • Las fechas, frecuencia y forma en que se realizaron las comprobaciones.
  • Qué personas estuvieron presentes y si existía una causa concreta.
  • Las comunicaciones al comité de empresa o a la representación de los trabajadores.
  • Cualquier sanción, carta o documento relacionado con la medida.

Esta nota es información general basada en una resolución judicial colectiva. Cada situación exige revisar el tipo de control, su justificación, la política interna, el convenio aplicable, las personas presentes y las circunstancias concretas antes de reclamar o adoptar decisiones.

Fuente: Poder Judicial, Audiencia Nacional

Esta información es general y orientativa. No constituye asesoramiento jurídico sobre un caso concreto. Para tu situación, conviene revisar documentos y fechas en una consulta.

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