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Paro anterior o nuevo: cuidado al elegir si encadenas contratos

Una noticia reciente de NoticiasTrabajo vuelve sobre una duda muy frecuente cuando una persona cobra el paro, encuentra empleo y después vuelve a quedarse sin trabajo: si puede recuperar el paro anterior o pedir una nueva prestación generada por las cotizaciones más recientes.

La fuente que conviene tomar como referencia es el SEPE. Su explicación oficial señala que, cuando la prestación contributiva previa se extingue por haber trabajado por cuenta ajena al menos 360 días sin reanudarla, y después se reconoce un nuevo derecho, puede existir derecho de opción.

Qué se puede elegir

En términos generales, la persona trabajadora puede optar entre volver a cobrar la prestación anterior por el tiempo que quedaba y con las bases y tipos que correspondían, o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones.

La decisión no debería tomarse solo mirando la mensualidad. También importa la duración pendiente, la base reguladora, la situación familiar, la previsión de nuevos trabajos y si hay subsidios o prestaciones asistenciales que puedan verse afectadas después.

En prestaciones por desempleo, elegir rápido sin comparar importes, duración y cotizaciones puede cerrar puertas para una solicitud posterior.

El punto delicado: las cotizaciones descartadas

El SEPE advierte de una consecuencia importante: si se opta por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron la prestación por la que no se ha optado no podrán tenerse en cuenta para reconocer una prestación contributiva o asistencial posterior.

La regla también aparece en el artículo 269 de la Ley General de la Seguridad Social, que regula la duración de la prestación por desempleo y el derecho de opción en estos supuestos.

Qué revisar antes de decidir

  • Resolución de la prestación anterior y tiempo que quedaba pendiente.
  • Días cotizados desde que se interrumpió o extinguió la prestación.
  • Bases de cotización de los últimos trabajos.
  • Simulación o información del SEPE sobre cuantía y duración de cada alternativa.
  • Plazo de solicitud y fecha exacta de la nueva situación legal de desempleo.

Por qué interesa a trabajadores en Vigo y Galicia

En sectores con contratos temporales, campañas, sustituciones o periodos de actividad intermitente, esta situación puede repetirse. La elección puede afectar al dinero inmediato, pero también a cotizaciones que ya no se podrán utilizar más adelante.

Esta nota es información general basada en la explicación oficial del SEPE y en la Ley General de la Seguridad Social. Cada caso debe revisarse con la resolución recibida, la vida laboral, las bases de cotización, las fechas de alta y baja y la situación familiar antes de elegir una prestación.

Fuente: SEPE, derecho de opción

Esta información es general y orientativa. No constituye asesoramiento jurídico sobre un caso concreto. Para tu situación, conviene revisar documentos y fechas en una consulta.

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