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Vivienda

Daños causados por un inquilino: cómo tributa la indemnización en el IRPF

La Dirección General de Tributos, en su consulta vinculante V1350-26, de 3 de junio de 2026, analiza cómo debe tributar una indemnización recibida por los daños causados por un inquilino en una vivienda alquilada. La cuestión fue recogida también por el radar de NoticiasTrabajo.

La indemnización puede tributar como renta del alquiler

Cuando el arrendamiento no constituye una actividad económica, la indemnización por los desperfectos se integra, con carácter general, en los rendimientos del capital inmobiliario. No se trata de una cantidad ajena al alquiler por el mero hecho de proceder de un acuerdo o de una reclamación al inquilino.

La calificación y el importe final dependen de qué se compensa, de cómo se recibe la cantidad y de los gastos que puedan acreditarse. La consulta parte de una vivienda alquilada y de una indemnización vinculada a los daños producidos durante el arrendamiento.

Cuándo debe declararse

Si el propietario reclama judicialmente y la cuantía queda pendiente de una resolución, la consulta sitúa la imputación en el período impositivo en que la resolución adquiera firmeza. Cuando la indemnización se concentra en un único período y se cumplen los requisitos previstos en la normativa, puede ser aplicable una reducción del 30 % sobre determinados rendimientos obtenidos de forma irregular en el tiempo.

La reducción no es automática. Hay que revisar el origen de la indemnización, el período al que corresponde, la firmeza de la resolución y el resto de límites y condiciones fiscales antes de incluirla en la declaración.

Reparaciones, conservación y mejoras no reciben el mismo tratamiento

Los gastos de reparación y conservación pueden ser deducibles si cumplen los requisitos legales y están relacionados con la obtención de los rendimientos del alquiler. Su deducción está sujeta a límites y a la posibilidad de trasladar el exceso a ejercicios posteriores en los términos previstos por la normativa.

Las obras de mejora no reciben ese mismo tratamiento. Además, cuando el inmueble no está alquilado en el momento de realizar el gasto, debe poder justificarse su relación exclusiva con un futuro arrendamiento para que la deducción pueda plantearse.

Qué conviene conservar

Antes de declarar la indemnización, es prudente reunir:

  • El contrato de arrendamiento y la documentación de entrega de la vivienda.
  • Fotografías, comunicaciones, presupuestos e informes que acrediten los daños.
  • El acuerdo de pago o la resolución judicial y la fecha en que adquirió firmeza.
  • Las facturas de reparación y la justificación del pago.
  • La documentación que permita distinguir una reparación o conservación de una mejora.

Esta nota ofrece información general sobre una consulta tributaria concreta. No sustituye la revisión de las condiciones del alquiler, la documentación de los daños, la resolución aplicable ni la declaración fiscal antes de decidir cómo tributar o reclamar.

Fuente: Dirección General de Tributos, consulta vinculante V1350-26

Esta información es general y orientativa. No constituye asesoramiento jurídico sobre un caso concreto. Para tu situación, conviene revisar documentos y fechas en una consulta.

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