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El permiso por fuerza mayor puede comenzar sin acudir antes ni fichar

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha considerado que el permiso por fuerza mayor familiar del artículo 37.9 del Estatuto de los Trabajadores no puede quedar condicionado a acudir antes al centro de trabajo ni a fichar la entrada.

La sentencia 983/2026, de 26 de mayo, resuelve un conflicto colectivo planteado en una empresa logística. El Tribunal confirma que, si la urgencia aparece antes de la jornada y continúa durante el horario previsto, la persona trabajadora puede comunicar el permiso sin presentarse primero en su puesto.

La clave está en la urgencia

El artículo 37.9 del Estatuto de los Trabajadores protege las ausencias necesarias por motivos familiares urgentes relacionados con enfermedad o accidente de familiares o personas convivientes, cuando sea indispensable una presencia inmediata.

La Sala interpreta que la palabra «ausentarse» describe la falta de prestación de servicios, pero no exige una presencia física previa. Obligar a fichar antes de iniciar el permiso podría retrasar precisamente la atención que la norma pretende permitir.

La persona trabajadora debe poder explicar y acreditar después la causa cuando la empresa lo solicite. Conviene conservar el aviso enviado, la respuesta recibida, el justificante disponible y el registro horario relacionado con la ausencia.

Qué no significa esta resolución

No cualquier cita, recado o necesidad familiar permite utilizar este permiso. La situación debe ser imprevisible, urgente y suficientemente conectada con una enfermedad o accidente para hacer indispensable la presencia inmediata. Para cuidados prolongados o supuestos planificados pueden existir otros permisos y derechos de conciliación.

Tampoco se trata de una sentencia del Tribunal Supremo ni de una regla que elimine la obligación de comunicar la ausencia o de justificarla. Es una resolución de un tribunal superior autonómico, dictada en un conflicto colectivo concreto, que sigue los criterios recientes del Supremo sobre los requisitos del artículo 37.9.

Interés para las personas trabajadoras en Galicia

Aunque el conflicto se produjo en Castilla-La Mancha, el artículo 37.9 forma parte de la legislación laboral estatal. El criterio puede servir para entender una discusión similar en Vigo o en cualquier otro lugar, siempre después de revisar los hechos, el convenio aplicable, las comunicaciones y la documentación del caso.

Esta nota es información general sobre una resolución judicial y no sustituye el estudio del caso concreto. Antes de reclamar horas o cuestionar un descuento conviene comprobar la urgencia, las fechas, la prueba disponible y el convenio aplicable.

Fuente: NoticiasTrabajo, referencia de la sentencia 983/2026

Esta información es general y orientativa. No constituye asesoramiento jurídico sobre un caso concreto. Para tu situación, conviene revisar documentos y fechas en una consulta.

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