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El TSJ de Murcia confirma el alta laboral de 140 repartidores de Glovo

El Poder Judicial ha informado de que el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha desestimado el recurso de Glovoapp23 S.L. contra el alta de oficio en el Régimen General de 140 repartidores.

La resolución considera ajustada a Derecho la actuación de la Tesorería General de la Seguridad Social. Según explica la nota oficial, la jurisdicción social ya había declarado la naturaleza laboral de la relación entre la empresa y las personas repartidoras afectadas, y ese pronunciamiento había adquirido firmeza para ellas.

Por qué se mantienen las altas

La Sala de lo Contencioso-Administrativo razona que no tendría sentido anular las altas cuando ya existía una decisión firme de la jurisdicción social sobre la relación laboral de las personas incluidas en el acta. En ese contexto, las altas en el Régimen General resultaban procedentes y obligadas como consecuencia de aquel pronunciamiento.

La sentencia también recuerda la distribución de competencias: la jurisdicción social es la que conoce propiamente de la existencia de una relación laboral, mientras que la jurisdicción contencioso-administrativa puede abordar esa cuestión solo con alcance prejudicial cuando revisa la actuación administrativa.

Qué no significa para todas las plataformas

La noticia no convierte automáticamente en asalariada cualquier persona que realice repartos mediante una aplicación. El fallo se refiere a 140 repartidores concretos, a las actuaciones inspectoras y a las resoluciones judiciales previas que afectaban a ese grupo.

Además, la nota del Poder Judicial indica que la sentencia todavía no es firme y que puede recurrirse en casación si concurre interés casacional. Por eso, el alcance definitivo debe seguirse con el texto de la resolución y la evolución del recurso, si se presenta.

Para una persona que trabaja como repartidora, puede ser útil conservar contratos, instrucciones de la plataforma, turnos, pagos, registro de actividad, comunicaciones y cualquier documento de la Inspección de Trabajo o de la Seguridad Social. Esos datos permiten analizar cómo se organiza realmente el trabajo, algo que no se resuelve solo por el nombre del contrato.

Esta nota ofrece información general sobre una resolución laboral concreta. Cada relación debe examinarse con sus hechos, documentos, fechas, forma de prestación y resoluciones administrativas o judiciales antes de reclamar un alta, cotizaciones o derechos laborales.

Fuente: Poder Judicial, Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia

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